
La pregunta sobre si se puede arrendar un apartamento comprado con subsidios en Colombia ha tomado gran relevancia en 2025, dada la necesidad creciente de acceder a ingresos adicionales para responder al mercado de arriendos. La Ley 2079 de 2021 eliminó las restricciones previas que impedían esta práctica, permitiendo que la mayoría de propietarios puedan rentar sus viviendas adquiridas con apoyos estatales, salvo en casos específicos relacionados con el subsidio en especie.
Este cambio normativo impacta directamente a hogares que accedieron a programas como Mi Casa Ya o ayudas entregadas por las cajas de compensación, y que evalúan el arrendamiento como estrategia financiera. Sin embargo, existen excepciones y procedimientos legales que deben conocerse para evitar sanciones o inconvenientes, especialmente cuando la casa fue comprada con modalidad “100% en especie” o tiene alguna prohibición de transferencia inscrita.
¿Qué permite exactamente la Ley 2079 de 2021?
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La ley eliminó la restricción general: hoy se puede arrendar o vender viviendas adquiridas con subsidios, excepto los inmuebles con ayuda 100% en especie, que mantienen condiciones especiales.
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Para estas últimas, el propietario debe habitar el inmueble durante un mínimo de cinco años antes de arrendar o venderlo.
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En las demás modalidades, el arrendamiento es legal y válido, siempre que no existan restricciones vigentes inscritas en la escritura.
Pasos y consideraciones prácticas para arrendar
Revisión legal y documental
Es fundamental revisar la escritura pública para detectar si existe alguna prohibición de transferencia relacionada con la ayuda estatal. De ser así, el propietario debe solicitar su levantamiento ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y notaría para que sea legal poner en arrendamiento la vivienda.
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Las acciones recomendadas incluyen comprobar que no haya gravámenes, gestionar el levantamiento y mantener al día documentos como el certificado de tradición y libertad.
Contrato de arriendo formal
Una vez solucionado lo jurídico, debe firmarse un contrato de arrendamiento que especifique el canon, la duración y las responsabilidades, para brindar seguridad y claridad a las partes involucradas.
Aunque no siempre obligatorio, se aconseja informar a la entidad que entregó la ayuda ( Ministerio de Vivienda o caja de compensación) , para garantizar que se cumplen las condiciones del programa y evitar futuros inconvenientes.

¿Qué sucede con los subsidios 100% en especie?
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Estos apoyos conocidos como “casas gratis” obligan a que el inmueble se use como residencia habitual durante al menos cinco años antes de poder arrendar o vender.
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Este requisito busca garantizar el objetivo social del programa y evitar la especulación inmobiliaria temprana.
¿Y la venta de vivienda adquirida con subsidio?
La venta requiere cumplir procedimientos similares a los del arriendo, con levantamiento de restricciones en la escritura y formalización del proceso ante notaría y registro público. Bajo la Ley 2079, la venta es posible salvo para el subsidio en especie.
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Se recomienda la asesoría profesional para manejar estos procesos correctamente.
Programas y experiencias asociadas
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Existen esquemas para incluir viviendas VIS en programas de arriendo con opción de compra, gestionados por gestores inmobiliarios especializados, con requisitos de avalúo, tradición y certificaciones.
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La ley y fuentes oficiales ponen énfasis en el artículo 13, parágrafo 3 que regula las excepciones para subsidios puramente en especie.
Recomendaciones para propietarios
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Confirmar la modalidad y restricciones del apoyo recibido antes de arrendar.
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Respetar el periodo mínimo de cinco años en subsidios en especie.
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Realizar contratos de arrendamiento formales y claros.
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Informar a la entidad otorgante si es requerido.
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Gestionar levantamiento de prohibiciones y mantener documentos al día.
La Ley 2079 de 2021 permite hoy arrendar un apartamento comprado con subsidios, con excepción de aquellas ayudas 100% en especie, que exigen una ocupación mínima de cinco años. Para hacerlo legalmente, es esencial revisar escrituras, tramitar levantamientos si es necesario, y formalizar contratos. Así, propietarios y mercado pueden aprovechar esta opción con base en seguridad jurídica y claridad normativa.