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La vivienda colaborativa emerge como alternativa viable para resolver la creciente demanda habitacional en Colombia, pero enfrenta una paradoja crítica: mientras crece el interés entre jóvenes, estudiantes y adultos mayores, persisten vacíos regulatorios que generan incertidumbre legal. Cohousing, coliving y modelos de vivienda compartida ya operan en proyectos urbanos, pero funcionan dentro de marcos legales diseñados para realidades habitacionales tradicionales, según revelan análisis recientes del Instituto de Estudios Urbanos (IEU) de la Universidad Nacional y expertos del sector constructor colombiano.
El déficit habitacional en Colombia alcanza 26.8%—aproximadamente 3.8 millones de familias viven en precariedad habitacional. Mientras tanto, 40% de los hogares colombianos vive en arriendo, poblados mayoritariamente por jóvenes donde solo 9.8% de menores de 28 años posee vivienda propia. En este contexto, modelos colaborativos representan no lujo sino respuesta pragmática a una realidad económica compleja que demanda innovación en las formas de habitar.
Tres Modelos, Tres Lógicas: vivienda colaborativa
La confusión comienza con la definición. Expertos diferencian claramente tres modelos operativos, cada uno con características, públicos y desafíos distintos:
Cohousing: Comunidad con Gestión Participativa
El cohousing constituye una comunidad residencial donde un grupo de personas deliberadamente se organiza para vivir juntas manteniendo espacios privados independientes. Combina unidades privadas (dormitorios, baños personales) con áreas compartidas de uso obligatorio o voluntario: jardines, cocinas comunitarias, espacios de trabajo flexible, lavandería, comedor y zonas de socialización deliberadamente diseñadas para encuentro.
La diferencia central es que implica gestión participativa y toma de decisiones colectiva. Los residentes participan en asambleas, comités de decisión y gestión comunitaria. En Medellín operan proyectos como CHCW House (Plan B Arquitectos) y Tranvía 40 (Bassico Arquitectos), demostrando viabilidad en contextos urbanos consolidados.
Coliving: Alquiler Operado Comercialmente
El coliving (covivienda moderna) difiere sustancialmente. Consiste en apartamentos pequeños o compartidos donde solo la unidad individual constituye espacio no compartido; cocina, sala, lavandería y espacios de trabajo son comunes. Modelo predominantemente de alquiler operado por terceros sin gestión colectiva residencial. Dirigido a estudiantes, profesionales jóvenes (25-35 años) y nómadas digitales que buscan flexibilidad sin compromisos de largo plazo.
Plataformas como VICO, Getvico y CompartoApto operan en Bogotá, Medellín y Cali. Contrario a cohousing, coliving no pretende construcción de comunidad ni toma de decisiones participativa: es servicios operacionales centralizados.
Senior Cohousing: Vivienda Especializada para Mayores
Segmento específico dirigido a adultos mayores (50+) que desean envejecer acompañados sin renunciar a autonomía. Proporciona no solo vivienda sino redes de apoyo, asistencia médica 24 horas y sentido de pertenencia. En Colombia, solo 23% de personas mayores de 60 años recibe pensión, lo que hace este modelo especialmente relevante para mitigar vulnerabilidad en población adulta mayor en contextos urbanos fragmentados.

Problema Regulatorio: Vacío que Genera Incertidumbre
Colombia posee marco legal robusto para vivienda residencial, pero diseñado hace décadas para modelos convencionales. La realidad de vivienda colaborativa moderna ha expuesto grietas normativas significativas.
Ley 820 de 2003: Insuficiencia para Modelos Nuevos
La ley de arrendamiento urbano establece cuatro modalidades de contrato: individual, mancomunado, compartido y pensión. La modalidad «compartido» debería encajar con cohousing y coliving, pero fue diseñada para inquilinatos tradicionales, no para edificios con servicios sofisticados (gimnasios, coworking, áreas de socialización especializadas) ni para operaciones comerciales sofisticadas.
Operadores de coliving han tenido que recurrir a estructuraciones jurídicas complejas para cobrar servicios adicionales más allá del simple arrendamiento. En mayo de 2025, la Secretaría Distrital del Hábitat de Bogotá fue explícita: coliving no es modalidad contractual autónoma bajo legislación colombiana vigente.
Ley 675 de 2001: Complejidad en Propiedad Horizontal
Cuando cohousing implica propiedad (no mero alquiler), entra en régimen de propiedad horizontal. Aunque establece mecanismos de solución de conflictos—Comité de Convivencia, mediación, conciliación—la realidad operativa es que para funcionar, reglamentos de propiedad horizontal deben incluir permisos expresos y precisos sobre uso de áreas comunes y esquemas de gobernanza participativa. No todos contemplan operaciones nuevas.
Beneficios: Eficiencia Medible, No Solo Aspiración
Investigaciones de Camacol, Universidad Piloto y Universidad de los Andes documentan beneficios reales y cuantificables:
Sostenibilidad Ambiental: Números que Hablan
Cohousing bien diseñado logra reducciones de 20-40% en consumo de energía comparado con vivienda convencional. Bogotá reporta 110,000 unidades residenciales certificadas bajo estándar EDGE, generando ahorros anuales de 207,000 megavatios de energía (equivalente al consumo de 86,000 hogares) y reducción de 134,000 toneladas anuales de CO₂. Esto no es aspiración: es medible y verificable.
Estrategias sistemáticas incluyen: orientación controlada de edificios, inercia térmica aprovechada, ventilación cruzada inducida, iluminación natural maximizada, sellos térmicos precisos y sistemas de captación solar fotovoltaica.
Sostenibilidad Social: Capital Comunitario Real
En contextos urbanos fragmentados donde familias extensas viven dispersas, cohousing recrea estructura de apoyo mutuo con implicaciones de salud pública comprobadas: reducción de depresión, mayor sentido de pertenencia, redes de cuidado que mitigan vulnerabilidad. Para adultos mayores es transformador: permite envejecer con dignidad, acompañamiento y acceso inmediato a ayuda sin ruptura traumática de abandonar vivienda independiente.
Eficiencia Económica: Costos Reducidos
Compartir infraestructura—ascensores, pasillos, sistemas HVAC, jardines—reduce duplicidades costosas. Proyectos de cohousing reportan reducciones de 15-25% en costos de administración comparado con edificios convencionales de similar densidad. Para usuarios individuales, vivir en coliving implica pagar significativamente menos que apartamento individual pequeño, además de acceso a servicios complementarios.

Desafíos: La Convivencia Requiere Gestión Activa
Conflictividad Predecible en Propiedad Horizontal
Proyectos que operan bajo Ley 675 heredan conflictos documentados de este régimen: morosidad en cuotas de administración, ruido y contaminación auditiva, disputas sobre uso de áreas comunes, modificaciones sin autorización. Para cohousing se agregan desafíos específicos: gestión participativa requiere compromiso activo y no todos participan con igual intensidad.
Expectativas heterogéneas sobre qué significa «vivir colaborativamente» generan fricción predecible. En operaciones de coliving, la rotación constante de residentes impide construcción de confianza y cultura comunitaria sostenida.
Acceso Financiero: Barrera No Resuelta
Aunque modelos colaborativos reducen costos unitarios, 39.7% de jóvenes (14-28 años) identifica falta de vida crediticia como barrera principal para acceso a vivienda. Coliving no resuelve acceso para poblaciones de menor ingreso sin subsidio público específico. La mayoría de usuarios actuales en coliving son profesionales jóvenes con ingresos medios-altos, no poblaciones vulnerables.
Proyectos Operativos: Evidencia del Crecimiento
En Medellín, desarrolladores han construido proyectos emblemáticos que demuestran viabilidad comercial. En Bogotá, proyectos como 33DC operan como cohousing dirigido a estudiantes y jóvenes profesionales. Aunque no existe registro oficial consolidado a nivel nacional, operadores en Bogotá, Medellín, Cali y Cartagena reportan crecimiento acelerado en demanda de vivienda compartida desde 2023.
Plataformas digitales de coliving reportan expansión, aunque enfrentan desafíos operativos relacionados con ambigüedad regulatoria sobre clasificación tributaria y registro en organismos supervisores.

Academia Reconoce Oportunidad y Complejidad
El Instituto de Estudios Urbanos (IEU) de la Universidad Nacional ha programado para marzo de 2026 un evento titulado «Vivienda colaborativa en Colombia: mitos, leyendas y sueños«, indicando que la academia reconoce tanto el potencial como la necesidad urgente de distinguir realidades de aspiraciones en estos modelos.
La Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol) ha reconocido explícitamente cohousing, coliving, senior living y student housing como «nuevos modelos inmobiliarios» impulsados por internacionalización del sector constructor. Ha capacitado desarrolladores en estos modelos, aunque su influencia en marco regulatorio permanece limitada.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reconoce modelos colaborativos bajo estrategia «Nuestro Hábitat Biodiverso» con énfasis en gestión comunitaria. Sin embargo, la política aún no ha producido marco regulatorio específico que clarifique definiciones, responsabilidades y protecciones.
Qué Falta: Reformas Regulatorias Pendientes
Para que vivienda colaborativa cumpla potencial en Colombia sin generar riesgos a usuarios ni operadores, especialistas señalan necesidad de:
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Reforma a Ley 820 de 2003: Incluir modalidades específicas para coliving y cohousing con detalles sobre servicios complementarios y protecciones del usuario
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Guía regulatoria para cohousing en propiedad horizontal que clarifique estructuras de gobernanza participativa permitidas
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Definición clara de coliving: Decisión legislativa sobre si opera bajo Ley 820 (arrendamiento) o Ley 2068 (hospedaje)
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Incentivos fiscales para cohousing sostenible, equiparables a beneficios de vivienda verde convencional y certificaciones EDGE
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Investigación sistematizada: Documentación de lecciones de proyectos en operación, cuantificación de beneficios (ambientales, sociales, económicos)
Realidad Creciente que Requiere Claridad Regulatoria
La vivienda colaborativa en Colombia no es aspiración: es realidad creciente que encuentra terreno fértil en cambios demográficos (hogares más pequeños), económicos (acceso limitado a crédito hipotecario) y sociales (búsqueda de comunidad y sentido de pertenencia). El déficit de 3.8 millones de familias y la presión sobre población joven generan demanda comprobable que operadores de mercado ya canalizan hacia proyectos operativos.
Sin embargo, su potencial pleno depende de clarificación regulatoria que permita innovación sin eliminar protecciones. Los sueños—comunidades sostenibles, equitativas y humanas—son realizables con diseño comprobado. Requieren regulación clara que diferencie modalidades (cohousing, coliving, senior housing), inversión pública selectiva en proyectos piloto e impulso político para modernizar marcos legales de dos décadas. Academia, sector constructor y gobierno reconocen la oportunidad. La pregunta decisiva es si legisladores actuarán con velocidad suficiente para soluciones ordenadas, o si el vacío regulatorio perpetuará operaciones insuficientemente protegidas.