Obras por Impuestos en Colombia: Propuesta para Reconstruir Viviendas afectadas por el Terremoto

Fedemunicipios plantea que las empresas destinen hasta el 50 % del impuesto de renta a proyectos en las zonas afectadas, hoy limitadas a municipios PDET y ZOMAC

La magnitud de los daños dejados por el terremoto de magnitud 7,4 del 10 de agosto de 2026 —con epicentro en San José del Palmar, Chocó, y afectación confirmada en 15 departamentos y 426 municipios— llevó a sectores políticos, gremiales y territoriales a plantear una solución con antecedentes en otras zonas del país: activar y flexibilizar el mecanismo de Obras por Impuestos, hoy reservado casi exclusivamente para municipios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y Zonas Más Afectadas por el Conflicto (ZOMAC).

La propuesta busca convertir la inversión privada en una vía directa de financiación para la reconstrucción de vivienda e infraestructura en las regiones golpeadas por el sismo, en momentos en que el propio Minvivienda ha reconocido limitaciones presupuestales para atender la emergencia. Se trata de un mecanismo especialmente relevante para el sector inmobiliario y constructor, pues permitiría canalizar recursos empresariales hacia proyectos de recuperación habitacional sin depender exclusivamente del presupuesto nacional.

¿Qué es Obras por Impuestos? Propuesta de fedemunicipios

Obras por Impuestos permite que contribuyentes —personas naturales o jurídicas— cumplan su obligación tributaria de renta mediante la ejecución directa de proyectos de inversión con impacto económico y social en municipios afectados históricamente por la pobreza y la violencia. Su base normativa se encuentra en los Decretos 1650 y 893 de 2017, que definieron los territorios beneficiarios, y está reglamentado en el Decreto 1625 de 2016 (Único Reglamentario en Materia Tributaria). La coordinación del proceso recae en la Agencia de Renovación del Territorio (ART), junto con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y los ministerios sectoriales.

Obras por Impuestos en Colombia Propuesta para Reconstruir Viviendas afectadas por el Terremoto 5

La Federación Colombiana de Municipios (Fedemunicipios), bajo la presidencia de Julián Sánchez, presentó una estrategia para maximizar el uso de este instrumento en la coyuntura actual. La propuesta plantea habilitar, de manera excepcional, que las empresas obligadas a declarar renta puedan destinar hasta el 50 % de su impuesto a cargo directamente a proyectos de reconstrucción en los municipios afectados por el sismo, ampliando así la cobertura geográfica del mecanismo más allá de las zonas PDET y ZOMAC donde opera actualmente.

La propuesta no está aislada. La senadora Julia Correa Nuttin, del Centro Democrático, presentó formalmente una iniciativa para activar la opción de Obras por Impuestos en la atención del desastre. Por su parte, el gerente de Grupo Argos señaló en entrevista con Blu Radio que el Gobierno nacional estaría evaluando la aplicación de este mecanismo para la emergencia, lo que sugiere respaldo tanto desde el Legislativo como desde el sector empresarial de la construcción.

Obras por Impuestos en Colombia: Propuesta para Reconstruir Viviendas afectadas por el Terremoto
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Cómo funciona hoy: modalidades y sectores de inversión

El mecanismo opera bajo dos modalidades: la Opción Fiducia y la Opción Convenio, en las que los contribuyentes pueden presentar proyectos de forma individual o conjunta, previa inscripción en el Banco de Proyectos de Inversión de Obras por Impuestos y con concepto de viabilidad de la entidad nacional competente. Los sectores habilitados para la inversión incluyen:

  • Salud y educación pública
  • Agua potable y saneamiento básico
  • Energía y conectividad (TIC)
  • Infraestructura de transporte y productiva
  • Bienes públicos rurales
  • Adaptación al cambio climático y gestión del riesgo
  • Infraestructura cultural y deportiva

Las ventanas de postulación vigentes son, para la Opción Fiducia, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de cada año, y para la Opción Convenio, entre el 2 y el 31 de marzo y entre el 2 y el 31 de agosto.

Obras por Impuestos en Colombia: Propuesta para Reconstruir Viviendas afectadas por el Terremoto
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La flexibilización de Obras por Impuestos se enmarca en un conjunto de seis estrategias que también contemplan el uso extraordinario de recursos del Sistema General de Participaciones y la flexibilización de regalías, con el propósito de dar liquidez inmediata a las administraciones locales durante la crisis.

Lo que implica para la reconstrucción de vivienda

Si el Gobierno acoge la propuesta de Fedemunicipios, el sector constructor y empresarial colombiano tendría una vía adicional —y potencialmente más ágil que el presupuesto público— para financiar infraestructura y vivienda en las zonas afectadas, complementando los mecanismos ya anunciados por el Ministerio de Vivienda, el Fondo Nacional del Ahorro y las cajas de compensación. La ampliación geográfica del instrumento, sin embargo, requeriría un ajuste normativo que hasta el momento no se ha confirmado formalmente por parte del Gobierno nacional.

Para las empresas del sector inmobiliario y de la construcción interesadas en participar, el paso siguiente será monitorear si el Ministerio de Hacienda y la ART habilitan una ventana extraordinaria de postulación para los municipios golpeados por el sismo, dado que las fechas actuales del mecanismo no contemplan una respuesta inmediata a una emergencia de esta naturaleza. La articulación entre este instrumento fiscal y los diagnósticos técnicos que adelanta la UNGRD en terreno será clave para determinar qué proyectos de reconstrucción habitacional podrían beneficiarse primero de esta fuente de financiación privada.

Obras por Impuestos en Colombia: Propuesta para Reconstruir Viviendas afectadas por el Terremoto
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Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿En qué consiste la propuesta de aplicar Obras por Impuestos para la reconstrucción tras el sismo?

Consiste en permitir excepcionalmente que las empresas privadas destinen hasta el 50 % de su impuesto a cargo sobre la renta directamente a la financiación y ejecución de obras de infraestructura y vivienda en las zonas afectadas por el terremoto.

¿Qué empresas pueden participar en el mecanismo de Obras por Impuestos?

Cualquier persona natural o jurídica obligada a declarar y pagar el impuesto sobre la renta en Colombia puede acogerse al mecanismo, ya sea de forma individual o en alianza con otros contribuyentes.

¿Actualmente en qué municipios aplica el mecanismo de Obras por Impuestos?

Bajo el marco normativo actual (Decretos 1650 y 893 de 2017), el mecanismo está restringido a municipios clasificados como Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y Zonas Más Afectadas por el Conflicto (ZOMAC). La propuesta busca ampliar la cobertura geográfica hacia los municipios declarados en emergencia.

¿Cuáles son las modalidades para ejecutar proyectos bajo este esquema?

Existen dos alternativas: la Opción Fiducia, donde el contribuyente deposita los recursos en un fideicomiso para la ejecución del proyecto, y la Opción Convenio, donde suscribe un convenio directo con la entidad nacional competente para la entrega de la obra.

¿Qué se requiere para que esta propuesta entre en vigor oficial en Colombia?

Se requiere que el Gobierno nacional, mediante el Ministerio de Hacienda y la Agencia de Renovación del Territorio (ART), emita un ajuste normativo o decreto reglamentario extraordinario que habilite la ventana especial de postulación y la extensión territorial del beneficio.
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